La ZEC es un incentivo fiscal del Régimen Económico y Fiscal (REF) de Canarias cuya finalidad es la de promover el desarrollo económico y social del Archipiélago y diversificar su estructura productiva.
Nos encontramos ante un incentivo poco explotado en la actualidad, en principio ya que se requiere de unas capacidades de inversión a medio plazo y capacidad de creación de empleo a corto plazo, es decir, se obliga a que en el plazo de 2 años desde la inscripción de la entidad como ZEC a materializar inversiones por valor de 100.000 euros, de igual forma en el plazo de 6 meses se debe alcanzar una plantilla de 5 trabajadores y mantenerse mientras tengamos la consideración jurídica de entidad ZEC.
En las Islas no capitalinas, eso es; El Hierro, Fuerteventura, La Palma, La Gomera y Lanzarote la inversión y promedio de plantilla se reduce a 50.000 euros y 3 trabajadores.
Un requisito importante es que al menos uno de los administradores debe residir en Canarias.
El disfrute de los beneficios de la Zona Especial Canaria tiene inicialmente vigencia hasta el 31 de diciembre del año 2019, siendo prorrogable previa autorización de la Comisión Europea. La autorización de la inscripción en el Registro Oficial de Entidades ZEC (ROEZEC) tendrá como límite temporal inicial el 31 de diciembre del año 2013.
El ámbito de localización de la empresa también es importante, no en vano en empresas industriales, como entiendo que es la suya; deben estar localizadas en determinadas zonas industriales.
Entre las exenciones fiscales más interesantes que ofrece la ZEC está:
· Reducción del Impuesto sobre Sociedades a un tipo impositivo fijo del 4% frente al 20%- 25% - 30% que se aplica el resto del territorio español.
· Exención en el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Domumentados.
· Exención en las entregas de bienes o prestaciones de servicios entre empresas ZEC y en las importaciones de bienes que realicen.
· Repatriación de dividendos sin retención.
· Compatibilidad con otros incentivos fiscales del REF, entre ellos las Zonas Francas y la Reserva de Inversiones para Canarias (RIC).
Compatibilidad con ayudas y subvenciones gubernamentales.
Nos encontramos ante un incentivo poco explotado en la actualidad, en principio ya que se requiere de unas capacidades de inversión a medio plazo y capacidad de creación de empleo a corto plazo, es decir, se obliga a que en el plazo de 2 años desde la inscripción de la entidad como ZEC a materializar inversiones por valor de 100.000 euros, de igual forma en el plazo de 6 meses se debe alcanzar una plantilla de 5 trabajadores y mantenerse mientras tengamos la consideración jurídica de entidad ZEC.
En las Islas no capitalinas, eso es; El Hierro, Fuerteventura, La Palma, La Gomera y Lanzarote la inversión y promedio de plantilla se reduce a 50.000 euros y 3 trabajadores.
Un requisito importante es que al menos uno de los administradores debe residir en Canarias.
El disfrute de los beneficios de la Zona Especial Canaria tiene inicialmente vigencia hasta el 31 de diciembre del año 2019, siendo prorrogable previa autorización de la Comisión Europea. La autorización de la inscripción en el Registro Oficial de Entidades ZEC (ROEZEC) tendrá como límite temporal inicial el 31 de diciembre del año 2013.
El ámbito de localización de la empresa también es importante, no en vano en empresas industriales, como entiendo que es la suya; deben estar localizadas en determinadas zonas industriales.
Entre las exenciones fiscales más interesantes que ofrece la ZEC está:
· Reducción del Impuesto sobre Sociedades a un tipo impositivo fijo del 4% frente al 20%- 25% - 30% que se aplica el resto del territorio español.
· Exención en el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Domumentados.
· Exención en las entregas de bienes o prestaciones de servicios entre empresas ZEC y en las importaciones de bienes que realicen.
· Repatriación de dividendos sin retención.
· Compatibilidad con otros incentivos fiscales del REF, entre ellos las Zonas Francas y la Reserva de Inversiones para Canarias (RIC).
Compatibilidad con ayudas y subvenciones gubernamentales.